Elaboración de Contabilidades:

  • Apuntes, conciliaciones y cuadres bancarios.
  • Amortizaciones y provisiones.
  • Registro de facturas, y control de cobros y pagos.
  • Aperturas y cierres del ejercicio contable.
  • Elaboración de informes contables.
  • Elaboración y presentación de forma digital ante el registro mercantil de los Libros Oficiales y Cuentas Anuales.

IVA:

  • Modelo 303 : Auto liquidación.
  • Modelo 309 : Autoliquidación en módulos
  • Modelo 390 : Resumen Anual.

 

IRPF:

  • Modelo 115 : retenciones e ingresos a cuenta alquileres.
  • Modelo 111 : Declaración de rendimientos de trabajo personal.
  • Modelo 180 : Resumen Anual retenciones e ingresos a cuenta alquileres.
  • Modelo 190: Resumen Anual de retenciones de rendimiento de trabajo.
  • Modelo 130/131 : IRPF Estimación directa u objetiva.
  • Solicitud de devolución de ingresos indebidos.

 

Impuestos de Sociedades:

  • Modelo 200 : impuestos de sociedades anual.
  • Modelo 202 : pago fraccionado del impuesto de sociedades.

 

Otros como:

  • Modelo 347 : Declaración Anual de operaciones con terceros.
  • Modelo 036 : Declaración de inicio de actividad.
  • Modelo 100 : Declaraciones de la RENTA.

 

Asessoriamiento ante la  A.E.A.T. :

  • Fraccionamiento y aplazamiento de pago de impuestos.
  • Recursos, reclamaciones e inspecciones ante la A.E.A.T.
  • Confección y gestión de nóminas, seguros sociales, contratos laborales.
  • Altas y bajas de trabadores y autónomos.
  • Informe de costes anuales.
  • Elaboración de certificados de los trabajadores.
  • Solicitud del código de la cuenta de cotización a la seguridad social.
  • Conciliaciones ante el SMAC y representación ante otros organismos. 
  • Constitución de sociedades, comunidades de bienes y sociedades civiles.
  • Inscripción registral e impuestos y alta censal.
  • Elaboración de contratos mercantiles.
  •  Licencias de obras, actividad y funcionamiento bien por comunicación previa o por Declaración Responsable.
  • Certificados de Eficiencia Energética necesarios para Compraventas o alquileres de inmuebles existentes según lo establecido en el Real Decreto 235/2013 del 5 de abril.